Actualización normativa del BCRA para Proveedores No Financieros de Crédito

  • 6 enero, 2026
  • Comunidad Loan
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    El Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó una nueva actualización normativa que impacta directamente en las obligaciones informativas de los Otros Proveedores No Financieros de Crédito.

    A través de la Comunicación “A” 8379, se introducen cambios en el Régimen Informativo de Transparencia, con foco en la simplificación de reportes y la adecuación a la operatoria real de este tipo de entidades.

    Comunicación “A” 8379 BCRA: principales cambios regulatorios

    Mediante la Comunicación “A” 8379, emitida el 23 de diciembre de 2025, el BCRA dispuso una modificación clave en relación con la información que deben presentar los Proveedores No Financieros de Crédito.

    A partir del período de información correspondiente al 31 de enero de 2026, estas entidades quedan eximidas de la presentación del Apartado A – Tarifario Nomenclado ante el Banco Central.

    Esta decisión se fundamenta en que, por la naturaleza de su operatoria, dicho apartado se presentaba históricamente sin datos relevantes. En consecuencia, desde el período mencionado ya no será necesario remitirlo ni declararlo bajo la condición “no opera”, reduciendo carga administrativa y optimizando el cumplimiento normativo.

    Régimen Informativo de Transparencia: qué se mantiene vigente

    Si bien la normativa incorpora esta exención puntual, el resto de las obligaciones informativas continúan plenamente vigentes. Resulta clave que las entidades mantengan actualizada su información registral ante el BCRA.

    Entre los datos que deben informarse se incluyen:

    • Balances auditados.
    • Modificaciones al estatuto social.
    • Cambios en la composición de:
      • socios, asociados o accionistas,
      • órgano de dirección,
      • órgano de fiscalización,
      • responsables designados ante el BCRA.

    Todos estos cambios deben ser comunicados dentro de los 15 días hábiles de producidos, conforme a la normativa aplicable.

    Vencimiento del Informe Especial Anual

    Otro punto relevante a considerar es el próximo vencimiento del Informe Especial Anual sobre el cumplimiento de las normas aplicables a Proveedores No Financieros de Crédito.

    La fecha límite de presentación es el 20 de febrero de 2026. Este informe constituye una instancia clave de validación del cumplimiento regulatorio y suele ser objeto de revisión por parte del organismo de control.

    Cumplimiento regulatorio y eficiencia operativa

    En un contexto de creciente regulación del ecosistema fintech y crediticio, contar con procesos claros, sistemas actualizados y documentación alineada a la normativa vigente es un factor estratégico para la continuidad operativa.

    Desde Loan Software acompañamos a nuestros clientes en la interpretación de los cambios normativos del BCRA, ayudándolos a reducir riesgos regulatorios, optimizar reportes y alinear sus plataformas tecnológicas a los requisitos vigentes.

    Fuente: Estudio Rohvein, en base a normativa del Banco Central de la República Argentina (Comunicación “A” 8379).

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